Ley federal

Artículo 21 de Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar

Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar · Última reforma de referencia: 20-10-2008 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 21.- Las relaciones de trabajo entre el organismo descentralizado y su personal, se regirán por la legislación que dispone el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

CAPITULO III De los Comités Regionales de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 21 de Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar?

Las relaciones de trabajo entre el organismo descentralizado y su personal, se regirán por la legislación que dispone el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. CAPITULO III De los…

¿Está vigente el artículo 21?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 20-10-2008. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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