Artículo 29 de Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar
Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar · Última reforma de referencia: 20-10-2008 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 29.- Todos los cargos en el Comité serán honoríficos.
TITULO TERCERO DE LAS ORGANIZACIONES DE ABASTECEDORES DE CAÑA DE AZÚCAR CAPITULO I Constitución y Objeto de las Organizaciones de Abastecedores
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.