Ley federal

Artículo 13 de Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos

Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos · Última reforma de referencia: 17-01-2022 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 13.- Para los efectos de Ley, el Sistema Educativo Militar está constituido por:

I. Los discentes, docentes y personal de apoyo;

II. Las Autoridades Educativas Militares;

III. El Plan General de Educación Militar, y IV. Las Instituciones de Educación Militar.

Los integrantes del Sistema Educativo Militar serán regulados por los reglamentos que en su caso se expidan.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 13 de Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos?

Para los efectos de Ley, el Sistema Educativo Militar está constituido por: I. Los discentes, docentes y personal de apoyo; II. Las Autoridades Educativas Militares; III. El Plan General de Educación Militar, y IV. Las…

¿Está vigente el artículo 13?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2022. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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