Ley federal

Artículo 16 de Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos

Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos · Última reforma de referencia: 17-01-2022 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 16.- Los cursos del Sistema Educativo Militar por su propósito se clasifican en:

I. De Formación;

II. De Capacitación;

III. De Aplicación;

IV. De Perfeccionamiento;

V. De Actualización, y VI. De Especialización.

CAPÍTULO III DEL PROCESO EDUCATIVO SECCIÓN PRIMERA DE LOS TIPOS Y MODALIDADES DE LA EDUCACIÓN MILITAR

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 16 de Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos?

Los cursos del Sistema Educativo Militar por su propósito se clasifican en: I. De Formación; II. De Capacitación; III. De Aplicación; IV. De Perfeccionamiento; V. De Actualización, y VI. De Especialización. CAPÍTULO III…

¿Está vigente el artículo 16?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2022. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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