Artículo 39 de Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos
Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos · Última reforma de referencia: 17-01-2022 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 39.- La Secretaría podrá convocar al personal militar para realizar cursos en el extranjero en calidad de becarios, efectuando el proceso de selección respectivo.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.