Artículo 4o de Ley de Energía para el Campo
Ley de Energía para el Campo · Última reforma de referencia: 28-12-2012 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 4o. El Poder Ejecutivo Federal establecerá el programa, mediante precios y tarifas de estímulo de los energéticos agropecuarios.
El Poder Ejecutivo Federal incluirá dentro del proyecto de Ley de Ingresos y del proyecto de Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación, las previsiones necesarias para atender la operación del Programa.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.