Artículo 57 de Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación
Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación · Última reforma de referencia: 20-05-2021 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 57.- La Auditoría Superior de la Federación, verificará y fiscalizará la instrumentación, ejecución y resultados de las estrategias de ajuste convenidas para fortalecer las finanzas públicas de las Entidades Federativas y los municipios, con base en la Ley de la matería y en los convenios que para ese efecto se suscriban con las Entidades Federativas y los municipios, para la obtención de la garantía del Gobierno Federal.
Capítulo IV De la Fiscalización del Cumplimiento de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.