Artículo 25 de Ley de Fomento a la Industria Vitivinícola
Ley de Fomento a la Industria Vitivinícola · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 25. La Secretaría de Turismo en coordinación con la Comisión apoyará al Sector a:
I. Promocionar las rutas de Vino y de turismo enológico;
II. Impulsar al Vino Mexicano como producto representativo nacional, y III. Fomentar y dar cumplimiento a lo establecido en la Política de Fomento a la Gastronomía Mexicana.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.