Artículo 19 de Ley de Geotermia
Ley de Geotermia · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 19.- La persona permisionaria puede solicitar la Concesión, dentro de los seis meses anteriores a que termine la vigencia del Permiso de Exploración y hasta seis meses después de que éste concluya, salvo lo dispuesto por el segundo párrafo, del artículo 13, de esta Ley.
Capítulo II De las Concesiones de Explotación
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.