Ley federal

Artículo 28 de Ley de Geotermia

Ley de Geotermia · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 28.- Los Permisos de Exploración y títulos de Concesión deben contener al menos los elementos siguientes:

I. Nombre y domicilio de la persona titular a quien se confiere;

II. Objeto, fundamento y motivación de su otorgamiento;

III. Datos geográficos, ubicación y delimitación del Área Geotérmica;

IV. Descripción general del proyecto;

V. Cronogramas de inversiones y de los trabajos a realizarse durante la vigencia del Permiso o Concesión correspondiente;

VI. La naturaleza y el monto de las garantías que, en su caso, debe otorgar la persona permisionaria o concesionaria para el cumplimiento de las obligaciones contenidas en el título correspondiente o en las disposiciones jurídicas aplicables, así como aquellas que garanticen la afectación al medio ambiente o a derechos de terceros;

VII. Causales de caducidad, revocación y terminación del Permiso de Exploración o Concesión;

VIII. Los derechos y obligaciones de la persona permisionaria o concesionaria, y IX. Fecha de otorgamiento y periodo de vigencia.

En el título del Permiso de Exploración o de la Concesión, la Secretaría debe especificar, en su caso, las razones que podrán dar lugar a la modificación del contenido de estos. Un extracto del título de Concesión respectivo se publicará en el Diario Oficial de la Federación, a costa de la persona concesionaria.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 28 de Ley de Geotermia?

Los Permisos de Exploración y títulos de Concesión deben contener al menos los elementos siguientes: I. Nombre y domicilio de la persona titular a quien se confiere; II. Objeto, fundamento y motivación de su…

¿Está vigente el artículo 28?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del Sin Reforma. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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