Artículo 109 de Ley de Infraestructura de la Calidad
Ley de Infraestructura de la Calidad · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 109. El Director General del Centro Nacional de Metrología será designado directamente por el Presidente de la República y estará en funciones por un periodo de seis años. No obstante, el Director General podrá ser removido de su encargo por el Presidente de la República, en cualquier caso.
Los servidores públicos de las jerarquías inmediatas inferiores al Director General serán designados por el Consejo Directivo a solicitud del Director General, conforme a lo establecido en el estatuto orgánico, tomando como base la experiencia, el mérito y el perfil académico de cada candidato.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.