Artículo 17 de Ley de Infraestructura de la Calidad
Ley de Infraestructura de la Calidad · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 17. Para el adecuado ejercicio de sus atribuciones, operación y ejecución de sus resoluciones, la Comisión estará integrada por:
I. Un Presidente;
II. Un Consejo Técnico, y III. Un Secretariado Ejecutivo.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.