Artículo 8 de Ley de Infraestructura de la Calidad
Ley de Infraestructura de la Calidad · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 8. Este ordenamiento no es aplicable a las materias reguladas por los órganos constitucionales autónomos previstos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Las regulaciones que éstos emitan procurarán tomar en cuenta los principios y procedimientos contemplados en esta Ley.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.