Artículo 98 de Ley de Infraestructura de la Calidad
Ley de Infraestructura de la Calidad · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 98. La Secretaría, en su caso, coadyuvada por el Centro Nacional de Metrología, verificará el uso del Sistema General de Unidades de Medida en los ámbitos público y privado.
Capítulo III De la Trazabilidad de las Medidas
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.