Artículo 49 de Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos
Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos · Última reforma de referencia: 01-04-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 49.- Las Recomendaciones y los acuerdos de no responsabilidad se referirán a casos concretos; las autoridades no podrán aplicarlos a otros casos por analogía o mayoría de razón.
CAPITULO III DE LAS NOTIFICACIONES Y LOS INFORMES
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.