Artículo 106 de Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad
Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 106.- La Comisión Federal de Electricidad no está sujeta a la Ley General de Contabilidad Gubernamental, por lo que deben aplicarse las normas internacionales de información financiera.
La Comisión Federal de Electricidad tiene una contabilidad integrada como empresa pública del Estado y para identificar cada etapa de las actividades que desarrolla, debe implementar su contabilidad por segmentos, al interior de la entidad, con la finalidad de transparentar sus costos y precios.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.