Ley federal

Artículo 32 de Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad

Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 32.- Las personas consejeras son responsables por:

I. Los daños y perjuicios que causen a la Comisión Federal de Electricidad o a alguna de sus empresas filiales, derivados de los actos, hechos u omisiones en que incurran, y II. Los daños y perjuicios que llegaren a causar derivados de la contravención a sus obligaciones y a los deberes de diligencia y lealtad previstos en la presente Ley.

La responsabilidad a que se refieren las fracciones anteriores es solidaria entre las personas que hayan adoptado la decisión.

La indemnización que corresponda debe cubrir los daños y perjuicios causados a la Comisión Federal de Electricidad o a sus empresas filiales y, en todo caso, se debe proceder a la remoción de la persona consejera involucrada.

La acción para exigir la responsabilidad a que se refiere este artículo prescribe en cinco años contados a partir del día en que hubiere tenido lugar el acto, hecho u omisión que haya causado el daño y perjuicio, salvo cuando se trate de actos, hechos u omisiones de tracto sucesivo o con efectos continuos, en cuyo caso el plazo para la prescripción comienza cuando termine el último acto, hecho u omisión o cesen los efectos continuos, según corresponda.

Con independencia de las responsabilidades penales a que haya lugar, los daños y perjuicios causados por las personas consejeras en detrimento de la Comisión Federal de Electricidad o empresas filiales, por los actos, hechos u omisiones en que incurran, pueden reclamarse por la vía civil.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 32 de Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad?

Las personas consejeras son responsables por: I. Los daños y perjuicios que causen a la Comisión Federal de Electricidad o a alguna de sus empresas filiales, derivados de los actos, hechos u omisiones en que incurran, y…

¿Está vigente el artículo 32?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del Sin Reforma. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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