Artículo 22 de Ley de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos
Ley de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 22.- La información y documentos relacionados con la designación de personas consejeras son de carácter público y deben estar disponibles para consulta de cualquier interesado, conforme a lo señalado en el Reglamento y a la regulación aplicable sobre datos personales.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.