Artículo 81 de Ley de la Fiscalía General de la República
Ley de la Fiscalía General de la República · Última reforma de referencia: 01-04-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 81. Para efectos de este Capítulo, [el arresto consiste en el confinamiento en espacios especiales destinado a ese fin;] la amonestación, es el acto mediante el cual se le llama la atención a la persona servidora pública y la conmina a rectificar su conducta.
Párrafo declarado inválido por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales 28-03-2023 y publicada DOF 27-09-2023 (En la porción normativa el arresto consiste en el confinamiento en espacios especiales destinado a ese fin; )
Quien amoneste lo hará de manera que ninguna persona de menor jerarquía a la persona amonestada, conozca de la aplicación de la medida y observará la discreción que exige la disciplina.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.