Ley federal

Artículo 44 de Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas

Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas · Última reforma de referencia: 20-05-2021 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 44.- El procedimiento de invitación a cuando menos tres personas se sujetará a lo siguiente:

I. Difundir la invitación en CompraNet y en la página de Internet de la dependencia o entidad;

Fracción reformada DOF 28-05-2009 II. El acto de presentación y apertura de proposiciones podrá hacerse sin la presencia de los correspondientes licitantes, pero invariablemente se invitará a un representante del órgano interno de control en la dependencia o entidad;

Fracción reformada DOF 28-05-2009 III. Para llevar a cabo la adjudicación correspondiente, se deberá contar con un mínimo de tres proposiciones susceptibles de análisis;

Fracción reformada DOF 28-05-2009 En caso de que no se presenten el mínimo de proposiciones señalado en el párrafo anterior, se podrá optar por declarar desierta la invitación, o bien, continuar con el procedimiento y evaluar las proposiciones presentadas. En caso de que sólo se haya presentado una propuesta, la convocante podrá adjudicarle el contrato si considera que reúne las condiciones requeridas, o bien proceder a la adjudicación directa conforme al último párrafo de este artículo;

Párrafo adicionado DOF 16-01-2012 IV. En la invitación se indicarán, según las características, complejidad y magnitud de los trabajos, aquellos aspectos contenidos en el artículo 31 de esta Ley que fueren aplicables;

Fracción reformada DOF 28-05-2009 V. Los plazos para la presentación de las proposiciones se fijarán para cada contrato, atendiendo a las característica, complejidad y magnitud de los trabajos;

Fracción reformada DOF 28-05-2009 VI. Se deroga.

Fracción derogada DOF 28-05-2009 VII. A las demás disposiciones de esta Ley que resulten aplicables a la licitación pública.

Fracción reformada DOF 28-05-2009 En el supuesto de que un procedimiento de invitación a cuando menos tres personas haya sido declarado desierto, el titular del área responsable de la contratación en la dependencia o entidad podrá adjudicar directamente el contrato siempre que no se modifiquen los requisitos establecidos en dichas invitaciones.

Párrafo adicionado DOF 28-05-2009. Reformado DOF 16-01-2012 Artículo reformado DOF 07-07-2005 TÍTULO TERCERO DE LOS CONTRATOS Título reubicado DOF 28-05-2009 (antes Título Cuarto)

CAPÍTULO PRIMERO DE LA CONTRATACIÓN

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 44 de Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas?

El procedimiento de invitación a cuando menos tres personas se sujetará a lo siguiente: I. Difundir la invitación en CompraNet y en la página de Internet de la dependencia o entidad; Fracción reformada DOF 28-05-2009…

¿Está vigente el artículo 44?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 20-05-2021. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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