Artículo 385 de Ley de Vías Generales de Comunicación
Ley de Vías Generales de Comunicación · Última reforma de referencia: 03-05-2023 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 385. Toda instalación eléctrica, aún cuando no esté destinada a la Comunicación, se sujetará a las disposiciones que dicte la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para evitar perturbaciones a la comunicación por radio.
Artículo reformado DOF 09-04-2012 CAPITULO II De la Red Nacional
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.