Artículo 203 de Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado · Última reforma de referencia: 07-06-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 203. El registro de Familiares Derechohabientes y las demás reglas de los seguros contratados se ajustarán a las disposiciones aplicables previstas en esta Ley.
CAPÍTULO II INCORPORACIÓN VOLUNTARIA AL RÉGIMEN OBLIGATORIO
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.