Artículo 88 de Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado · Última reforma de referencia: 07-06-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 88. El seguro de vejez da derecho al Trabajador al otorgamiento de:
I. Pensión, y II. Seguro de salud, en los términos del Capítulo II de este Título.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.