Ley federal

Artículo 88 de Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado

Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado · Última reforma de referencia: 07-06-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 88. El seguro de vejez da derecho al Trabajador al otorgamiento de:

I. Pensión, y II. Seguro de salud, en los términos del Capítulo II de este Título.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 88 de Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado?

El seguro de vejez da derecho al Trabajador al otorgamiento de: I. Pensión, y II. Seguro de salud, en los términos del Capítulo II de este Título.

¿Está vigente el artículo 88?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 07-06-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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