Ley federal

Artículo 53 de Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores

Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores · Última reforma de referencia: 30-04-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 53.- Las controversias entre los trabajadores o sus beneficiarios y el Instituto, sobre derechos de aquéllos se resolverán por los Tribunales federales en materia laboral una vez agotado, en su caso, el recurso que establece el artículo anterior.

Párrafo reformado DOF 01-05-2019 Las controversias derivadas de adeudos de los trabajadores al Instituto por créditos que éste les haya concedido, una vez agotado, en su caso, el recurso a que se refiere el artículo anterior, se tramitarán ante los tribunales competentes.

Será optativo para los trabajadores, sus causahabientes o beneficiarios, agotar el recurso de inconformidad o acudir directamente a los Tribunales federales en materia laboral o a los tribunales competentes.

Párrafo reformado DOF 01-05-2019

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 53 se refiere a cómo se deben resolver las controversias entre los trabajadores o sus beneficiarios y el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. Estas controversias se llevarán a los Tribunales federales en materia laboral, pero solo después de haber agotado el recurso mencionado en el artículo anterior.

Además, si hay adeudos de los trabajadores al Instituto por créditos otorgados, también se deben tramitar ante los tribunales competentes, siempre después de agotar el recurso previo. Los trabajadores, sus causahabientes o beneficiarios tienen la opción de elegir entre agotar el recurso de inconformidad o acudir directamente a los tribunales.

  • Controversias se resuelven en Tribunales federales en materia laboral.
  • Se debe agotar un recurso previo antes de acudir a los tribunales.
  • Adeudos por créditos también se tramitan ante tribunales competentes.
  • Los trabajadores pueden optar por diferentes vías para resolver sus controversias.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 53 de Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores?

El artículo 53 se refiere a cómo se deben resolver las controversias entre los trabajadores o sus beneficiarios y el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. Estas controversias se llevarán a los Tribunales federales en materia laboral, pero solo…

¿Está vigente el artículo 53?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 30-04-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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