Ley federal

Artículo 9 de Ley del Instituto Mexicano de la Juventud

Ley del Instituto Mexicano de la Juventud · Última reforma de referencia: 01-04-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 9. La Junta Directiva tendrá las siguientes facultades indelegables:

I. Establecer, en congruencia con los programas sectoriales, las políticas generales y prioridades a las que deberá sujetarse el Instituto, relativas a la productividad, comercialización de servicios, investigación y administración general;

II. Aprobar los programas y acciones que garanticen la correcta instrumentación y ejecución de la política nacional de juventud;

Fracción adicionada DOF 05-08-2011 III. Autorizar los presupuestos del Instituto, así como sus modificaciones, en los términos de la legislación aplicable;

Fracción reformada y recorrida DOF 05-08-2011 IV. Fijar las bases así como los montos mínimos, máximos y actualizaciones de las cuotas de recuperación por los servicios que preste el Instituto;

Fracción recorrida DOF 05-08-2011 V. Expedir las normas generales para que el Director General pueda disponer, cuando fuere necesario, de los activos fijos del Instituto que no correspondan al objeto del mismo;

Fracción recorrida DOF 05-08-2011 VI. Aprobar cada año los estados financieros del Instituto y autorizar su publicación, previo informe de los comisarios y el dictamen de los auditores externos;

Fracción recorrida DOF 05-08-2011 VII. Aprobar, de acuerdo con las disposiciones legales, la elaboración de las políticas, bases y programas generales que regulen los convenios, contratos, pedidos o acuerdos que deba celebrar el Instituto con terceros en materia de obras públicas, adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios;

Fracción recorrida DOF 05-08-2011 VIII. Establecer, con sujeción a las disposiciones legales, las normas necesarias para la adquisición, arrendamiento y enajenación de inmuebles que el Instituto requiera, con excepción de aquellos de su propiedad que la Ley General de Bienes Nacionales considere del dominio público de la Federación;

Fracción recorrida DOF 05-08-2011 IX. Constituir comités de apoyo y determinar sus bases de funcionamiento;

Fracción recorrida DOF 05-08-2011 X. Designar y remover, a propuesta del Director General, a los servidores públicos de los dos niveles administrativos inferiores al de aquél, así como concederles licencias;

Fracción recorrida DOF 05-08-2011 XI. Designar y remover, a propuesta de su Presidente, al Secretario y al Prosecretario;

Fracción recorrida DOF 05-08-2011 XII. Aprobar el Estatuto Orgánico del Instituto y el proyecto de estructura orgánica previa opinión de las dependencias competentes; así el Manual de Organización General y los correspondientes de Procedimientos y Servicios al Público del Instituto;

Fracción recorrida DOF 05-08-2011 XIII. Analizar y, en su caso, aprobar los informes periódicos que rinda el Director General, con la intervención que corresponda al Comisario.

Fracción recorrida DOF 05-08-2011 XIV. Aprobar las normas y bases para la cancelación de adeudos a favor del Instituto y con cargo a terceros, cuando fuere notoria la imposibilidad practica de su cobro, informando lo conducente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público por conducto de la Secretaría de Bienestar, y Fracción recorrida DOF 05-08-2011. Reformada DOF 02-04-2015, 23-03-2022 XV. Las demás que, con el carácter de indelegables, se le atribuyan en los términos de la Ley Federal de Entidades Paraestatales y otras disposiciones legales aplicables.

Fracción recorrida DOF 05-08-2011

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 9 de Ley del Instituto Mexicano de la Juventud?

La Junta Directiva tendrá las siguientes facultades indelegables: I. Establecer, en congruencia con los programas sectoriales, las políticas generales y prioridades a las que deberá sujetarse el Instituto, relativas a…

¿Está vigente el artículo 9?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 01-04-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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