Ley federal

Artículo 316 de Ley del Mercado de Valores

Ley del Mercado de Valores · Última reforma de referencia: 24-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 316.- La Comisión, sin perjuicio de lo establecido en otros artículos, respecto de las contrapartes centrales de valores, tendrá las facultades siguientes:

I. Supervisar el funcionamiento de los procedimientos de administración de riesgos, la suficiencia de los recursos para cumplir con sus obligaciones, el cumplimiento de sus normas operativas, prudenciales y autorregulatorias, así como la aplicación de las medidas disciplinarias en caso de incumplimiento.

II. Ordenar modificaciones a los procedimientos de administración de riesgos y a la forma de aplicar recursos para cumplir con sus obligaciones.

III. Emitir la regulación necesaria para propiciar el correcto funcionamiento y administración de riesgos de las contrapartes centrales de valores, el cumplimiento de las operaciones en las que se constituyan como deudor y acreedor recíproco, la eficiencia de los procedimientos y sistemas de compensación y liquidación, así como la adecuada inversión de sus recursos.

Fracción reformada DOF 10-01-2014 Las facultades contenidas en las fracciones II y III de este artículo serán ejercidas en forma conjunta por la Comisión y el Banco de México.

La Comisión y el Banco de México, en el ámbito de su competencia, podrán solicitar toda la información y documentos que determinen mediante disposiciones de carácter general.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 316 de Ley del Mercado de Valores?

La Comisión, sin perjuicio de lo establecido en otros artículos, respecto de las contrapartes centrales de valores, tendrá las facultades siguientes: I. Supervisar el funcionamiento de los procedimientos de…

¿Está vigente el artículo 316?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 24-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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