Ley federal

Artículo 44 de Ley del Seguro Social

Ley del Seguro Social · Última reforma de referencia: 07-06-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 44. Cuando el trabajador asegurado no esté conforme con la calificación que del accidente o enfermedad haga el Instituto de manera definitiva, podrá interponer el recurso de inconformidad.

Párrafo reformado DOF 18-06-2009 En el supuesto a que se refiere el párrafo anterior, entre tanto se tramita el recurso o el juicio respectivo, el Instituto otorgará al trabajador asegurado o a sus beneficiarios legales las prestaciones a que tuvieran derecho en los seguros de enfermedades y maternidad o invalidez y vida, siempre y cuando se satisfagan los requisitos señalados por esta Ley.

En cuanto a los demás seguros se estará a lo que se resuelva en la inconformidad o en los medios de defensa establecidos en el artículo 294 de esta Ley.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 44 de la Ley del Seguro Social permite que un trabajador asegurado que no esté de acuerdo con la calificación de un accidente o enfermedad realizada por el Instituto, pueda presentar un recurso de inconformidad. Esto significa que tiene el derecho de impugnar la decisión del Instituto si considera que no es justa.

Mientras se resuelve este recurso, el Instituto debe proporcionar al trabajador asegurado o a sus beneficiarios legales las prestaciones correspondientes a los seguros de enfermedades y maternidad, así como a invalidez y vida, siempre que se cumplan los requisitos establecidos por la Ley. Sin embargo, para los demás seguros, se deberá esperar la resolución de la inconformidad o de los medios de defensa que se mencionan en el artículo 294 de la misma Ley.

  • El trabajador puede impugnar la calificación del Instituto.
  • Se deben otorgar prestaciones durante el trámite del recurso.
  • Las prestaciones aplican solo para ciertos seguros.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 44 de Ley del Seguro Social?

El artículo 44 de la Ley del Seguro Social permite que un trabajador asegurado que no esté de acuerdo con la calificación de un accidente o enfermedad realizada por el Instituto, pueda presentar un recurso de inconformidad. Esto significa que tiene el derecho de impugnar la…

¿Está vigente el artículo 44?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 07-06-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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