Ley federal

Artículo 48 de Ley del Seguro Social

Ley del Seguro Social · Última reforma de referencia: 07-06-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 48. Si el Instituto comprueba que el riesgo de trabajo fue producido intencionalmente por el patrón, por sí o por medio de tercera persona, el Instituto otorgará al asegurado las prestaciones en dinero y en especie que la presente Ley establece y el patrón quedará obligado a restituir íntegramente al Instituto las erogaciones que éste haga por tales conceptos.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 48 de la Ley del Seguro Social aborda la situación en la que un patrón causa intencionalmente un riesgo de trabajo, ya sea directamente o a través de otra persona. En este caso, el Instituto tiene la obligación de proporcionar al trabajador las prestaciones que le corresponden, tanto en dinero como en especie.

Además, el patrón que haya causado el riesgo de manera intencionada deberá reembolsar al Instituto todas las erogaciones que este realice por las prestaciones otorgadas al trabajador afectado.

  • El Instituto otorga prestaciones al trabajador si el riesgo fue causado intencionalmente por el patrón.
  • Las prestaciones incluyen tanto dinero como bienes o servicios.
  • El patrón debe reembolsar al Instituto los gastos realizados por estas prestaciones.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 48 de Ley del Seguro Social?

El artículo 48 de la Ley del Seguro Social aborda la situación en la que un patrón causa intencionalmente un riesgo de trabajo, ya sea directamente o a través de otra persona. En este caso, el Instituto tiene la obligación de proporcionar al trabajador las prestaciones que le…

¿Está vigente el artículo 48?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 07-06-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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