Ley federal

Artículo 72 de Ley del Seguro Social

Ley del Seguro Social · Última reforma de referencia: 07-06-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 72. Para los efectos de la fijación de primas a cubrir por el seguro de riesgos de trabajo, las empresas deberán calcular sus primas, multiplicando la siniestralidad de la empresa por un factor de prima, y al producto se le sumará el 0.005. El resultado será la prima a aplicar sobre los salarios de cotización, conforme a la fórmula siguiente:

Prima = [(S/365)+V * (I + D)] * (F/N) + M Donde:

V = 28 años, que es la duración promedio de vida activa de un individuo que no haya sido víctima de un accidente mortal o de incapacidad permanente total.

F = 2.3, que es el factor de prima.

N = Número de trabajadores promedio expuestos al riesgo.

S = Total de los días subsidiados a causa de incapacidad temporal.

I = Suma de los porcentajes de las incapacidades permanentes, parciales y totales, divididos entre 100.

D = Número de defunciones.

M = 0.005, que es la prima mínima de riesgo.

Al inscribirse por primera vez en el Instituto o al cambiar de actividad, las empresas cubrirán, en la clase que les corresponda conforme al reglamento, la prima media. Una vez ubicada la empresa en la prima a pagar, los siguientes aumentos o disminuciones de la misma se harán conforme al párrafo primero de este artículo.

No se tomarán en cuenta para la siniestralidad de las empresas, los accidentes que ocurran a los trabajadores al trasladarse de su domicilio al centro de labores o viceversa.

Los patrones cuyos centros de trabajo cuenten con un sistema de administración y seguridad en el trabajo acreditado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, aplicarán una F de 2.2 como factor de prima.

Las empresas de menos de 10 trabajadores, podrán optar por presentar la declaración anual correspondiente o cubrir la prima media que les corresponda conforme al reglamento, de acuerdo al artículo 73 de esta Ley.

Artículo reformado DOF 20-12-2001

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 72 de la Ley del Seguro Social establece cómo las empresas deben calcular las primas que deben pagar por el seguro de riesgos de trabajo. Este cálculo se realiza multiplicando la siniestralidad de la empresa por un factor de prima y sumando un valor fijo. La fórmula para determinar la prima incluye varios elementos, como el total de días subsidiados por incapacidad temporal y el número de trabajadores expuestos al riesgo.

Además, se menciona que al inscribirse por primera vez o al cambiar de actividad, las empresas deben pagar una prima media. También se aclara que no se consideran los accidentes ocurridos durante el traslado de los trabajadores a su lugar de trabajo. Por último, las empresas con un sistema de seguridad acreditado pueden aplicar un factor de prima diferente, y las que tienen menos de 10 trabajadores tienen opciones para cumplir con sus obligaciones.

  • Las primas se calculan con base en la siniestralidad y un factor de prima.
  • No se cuentan accidentes durante el traslado al trabajo.
  • Empresas pequeñas tienen opciones para el pago de primas.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 72 de Ley del Seguro Social?

El artículo 72 de la Ley del Seguro Social establece cómo las empresas deben calcular las primas que deben pagar por el seguro de riesgos de trabajo. Este cálculo se realiza multiplicando la siniestralidad de la empresa por un factor de prima y sumando un valor fijo. La fórmula…

¿Está vigente el artículo 72?

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