Artículo 21 de Ley del Servicio Militar
Ley del Servicio Militar · Última reforma de referencia: 18-05-2022 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 21.- Todos los mexicanos están obligados a dar aviso del cambio de domicilio a las autoridades encargadas del empadronamiento para los fines de esta Ley.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.