Ley federal

Artículo 6 de Ley Federal de Consulta Popular

Ley Federal de Consulta Popular · Última reforma de referencia: 19-05-2021 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 6. Se entiende que existe trascendencia en el tema propuesto para una consulta popular cuando contenga elementos tales como:

Párrafo reformado DOF 19-05-2021 A. Para la Nacional:

Encabezado del Apartado adicionado DOF 19-05-2021 I. Que repercutan en la mayor parte del territorio nacional, y II. Que impacten en una parte significativa de la población.

B. Para la Regional:

I. Que repercuta en una o más entidades federativas, y II. Que impacten significativamente en los habitantes de la entidad o las entidades federativas de que se trate.

Apartado con fracciones adicionado DOF 19-05-2021

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 6 de Ley Federal de Consulta Popular?

Se entiende que existe trascendencia en el tema propuesto para una consulta popular cuando contenga elementos tales como: Párrafo reformado DOF 19-05-2021 A. Para la Nacional: Encabezado del Apartado adicionado DOF…

¿Está vigente el artículo 6?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 19-05-2021. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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