Artículo 40 de Ley Federal de Derechos
Ley Federal de Derechos · Última reforma de referencia: 23-04-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 40. Por el trámite y, en su caso, por el otorgamiento de las inscripciones, concesiones o autorizaciones que a continuación se señalan, se pagará el derecho aduanero de inscripciones, concesiones y autorizaciones, conforme a las siguientes cuotas:
Párrafo reformado DOF 01-12-2004 a). Por la inscripción en el registro del despacho de mercancías $8,082.30 b). Por la autorización de depósito fiscal para someterse al proceso de ensamble y fabricación de vehículos a empresas de la industria automotriz terminal o manufacturera de vehículos de autotransporte $16,425.36 Inciso reformado DOF 01-12-2004 c). Por la autorización para la entrada o salida de mercancías del territorio nacional por lugar distinto al autorizado $15,903.88 d). Por la concesión o autorización para prestar los servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior. $86,037.68 e). Por la autorización para prestar los servicios de carga, descarga, estiba, acarreo y trasbordo de mercancías en el recinto fiscal $16,425.36 f). Por la autorización de representante legal $13,035.97 Inciso reformado DOF 09-12-2019 g). Por la autorización de dictaminador aduanero $13,035.97 h). Por la autorización para la entrada y salida de mercancías por tuberías, ductos, cables u otros medios de conducción $14,339.61 i). Por la autorización de depósito fiscal temporal para locales destinados a exposiciones internacionales de mercancías $7,821.60 Inciso reformado DOF 01-12-2004 j). Por la inscripción en el Registro de empresas transportistas $8,603.74 k). Por la autorización para el establecimiento de depósito fiscal para la exposición y ventas de mercancías extranjeras y nacionales $71,619.83 I). Por la habilitación de un inmueble en forma exclusiva para la introducción de mercancías bajo el régimen de recinto fiscalizado estratégico y la autorización o prórroga para su administración: $98,964.76 Inciso adicionado DOF 30-12-2002. Reformado DOF 24-12-2007 m) Por la inscripción en el registro de empresas certificadas $37,111.79 Inciso adicionado DOF 30-12-2002 n). Por la autorización de mandatario de agente aduanal o de mandatario de agencia aduanal $14,217.61 Inciso adicionado DOF 31-12-2003. Reformado DOF 08-12-2020 ñ). Por la autorización para destinar mercancías al régimen de recinto fiscalizado estratégico $34,124.86 Inciso adicionado DOF 13-11-2008 o). Por la autorización para prevalidar electrónicamente los datos contenidos en los pedimentos $11,527.63 Inciso adicionado DOF 13-11-2008 p). Por la autorización para el procesamiento electrónico de datos necesarios para llevar a cabo el control de la importación temporal de remolques, semirremolques y portacontenedores $11,527.63 Inciso adicionado DOF 13-11-2008 q). Por la autorización para que dentro de los recintos fiscalizados, las mercancías en ellos almacenadas puedan ser objeto de elaboración, transformación o reparación $11,527.63 Inciso adicionado DOF 13-11-2008 r). Por la autorización para prestar el servicio de almacenamiento de mercancías en depósito fiscal y/o en su caso colocar marbetes o precintos $11,432.21 Inciso adicionado DOF 09-12-2019 s). Por la adición de cada bodega, sucursal o instalación a la autorización para prestar el servicio de almacenamiento de mercancías en depósito fiscal y/o en su caso colocar marbetes o precintos $4,723.17 Inciso adicionado DOF 09-12-2019 t). Por la autorización para la fabricación o importación de candados a que se refiere la Ley Aduanera $2,159.28 Inciso adicionado DOF 09-12-2019 u). Por la autorización para prestar los servicios de despacho aduanero de las mercancías de comercio exterior fuera de los días y horas hábiles señalados por el Servicio de Administración Tributaria $282.13 Inciso adicionado DOF 12-11-2021 Los derechos a que se refieren los incisos b), c), d), e), h), k), l), m), n), ñ), o), p), q), s) y t) de este artículo se pagarán anualmente. Los derechos a que se refieren los incisos a), f), g), i), j), r) y u) de este artículo se pagarán por única vez.
Párrafo reformado DOF 30-12-2002, 31-12-2003, 24-12-2007, 13-11-2008, 09-12-2019, 12-11-2021 Por la prórroga de las autorizaciones a que se refieren los incisos b), c), g), h), i), k), n), ñ), o), p) y t) de este artículo, así como por la renovación de las autorizaciones a que se refieren los incisos a) y m) de este artículo, se pagarán las mismas cuotas que se establecen para cada inciso.
Párrafo adicionado DOF 24-12-2007. Reformado DOF, 13-11-2008, 09-12-2019 Los ingresos que se obtengan por la recaudación de los derechos establecidos en este artículo se destinarán al Servicio de Administración Tributaria o a la Agencia Nacional de Aduanas de México, órgano auxiliar de la administración aduanera, según corresponda.
Párrafo reformado DOF 14-11-2022 Artículo reformado DOF 31-12-1998, 31-12-2000, 01-01-2002
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.