Artículo 46 de Ley Federal de Derechos
Ley Federal de Derechos · Última reforma de referencia: 23-04-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 46. Ninguna mercancía en depósito ante la aduana en un recinto fiscal será entregada, a menos que se hayan pagado los derechos de almacenaje.
Artículo reformado DOF 01-12-2004
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.