Ley federal

Artículo 66 de Ley Federal de Derechos

Ley Federal de Derechos · Última reforma de referencia: 23-04-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 66.- Por la expedición de planos de la cartografía minera, se pagarán derechos conforme a las siguientes cuotas:

I. Por cada plano a escala 1:50,000 que corresponda a las hojas topográficas del Instituto Nacional de Estadística y Geografía $5,107.16 Fracción reformada DOF 12-12-2011 II. Por cada porción de las hojas anteriores de 5 minutos de latitud y de longitud $851.20 Fracción reformada DOF 12-12-2011 III. Por cada porción a que se refiere la fracción anterior a escala 1:25,000 $3,234.54 Fracción reformada DOF 12-12-2011 Artículo reformado DOF 26-12-1990, 20-12-1991, 18-12-1992. Derogado DOF 02-08-1994. Adicionado DOF 30-12-1996

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 66 de Ley Federal de Derechos?

Por la expedición de planos de la cartografía minera, se pagarán derechos conforme a las siguientes cuotas: I. Por cada plano a escala 1:50,000 que corresponda a las hojas topográficas del Instituto Nacional de…

¿Está vigente el artículo 66?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 23-04-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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