Ley federal

Artículo 16 de Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional

Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional · Última reforma de referencia: 18-02-2022 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 16.- Cuando un trabajador sea trasladado de una población a otra, la Dependencia en que preste sus servicios, dará a conocer previamente al trabajador las causas del traslado, y tendrá la obligación de sufragar los gastos de viaje y menaje de casa, excepto cuando el traslado se hubiere solicitado por el trabajador.

Si el traslado es por período mayor de seis meses, el trabajador tendrá derecho a que se le cubran previamente los gastos que origine el transporte de menaje de casa indispensable para la instalación de su cónyuge y de sus familiares en línea recta ascendentes o descendentes, o colaterales en segundo grado, siempre que estén bajo su dependencia económica. Asimismo, tendrá derecho a que se le cubran los gastos de traslado de su cónyuge y parientes mencionados en este párrafo, salvo que el traslado se deba a solicitud del propio trabajador.

Solamente se podrá ordenar el traslado de un trabajador por las siguientes causas:

I.- Por reorganización o necesidades del servicio debidamente justificadas;

II.- Por desaparición del centro de trabajo;

III.- Por permuta debidamente autorizada; y IV.- Por fallo del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje.

Artículo reformado DOF 31-12-1975

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 16 establece las condiciones bajo las cuales un trabajador puede ser trasladado de una población a otra. La dependencia donde trabaja debe informar al trabajador sobre las razones del traslado y cubrir los gastos de viaje y mudanza, a menos que el traslado haya sido solicitado por el propio trabajador.

Si el traslado es por más de seis meses, el trabajador tiene derecho a que se le paguen los gastos de transporte de su menaje de casa y de su cónyuge y familiares directos que dependan económicamente de él. Sin embargo, esto no aplica si el traslado fue solicitado por el trabajador.

  • Las causas para el traslado son:
  • Reorganización o necesidades del servicio.
  • Desaparición del centro de trabajo.
  • Permuta autorizada.
  • Fallo del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 16 de Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional?

El artículo 16 establece las condiciones bajo las cuales un trabajador puede ser trasladado de una población a otra. La dependencia donde trabaja debe informar al trabajador sobre las razones del traslado y cubrir los gastos de viaje y mudanza, a menos que el traslado haya sido…

¿Está vigente el artículo 16?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 18-02-2022. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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