Artículo 162 de Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional
Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional · Última reforma de referencia: 18-02-2022 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 162.- El Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje impondrá correcciones disciplinarias:
a) A los particulares que faltaren al respeto y al orden debidos durante las actuaciones del Tribunal, y b) A los empleados del propio Tribunal, por las faltas que cometan en el desempeño de sus funciones.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.