Ley federal

Artículo 92 de Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional

Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional · Última reforma de referencia: 18-02-2022 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 92.- Huelga es la suspensión temporal del trabajo como resultado de una coalición de trabajadores, decretada en la forma y términos que esta Ley establece.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

La huelga es un mecanismo que permite a los trabajadores suspender temporalmente sus labores. Esta suspensión se da como resultado de una coalición, es decir, un acuerdo entre un grupo de trabajadores. La ley establece que esta acción debe ser decretada siguiendo ciertos procedimientos y condiciones específicas que se encuentran detalladas en la misma legislación.

  • La huelga es temporal.
  • Surge de una coalición de trabajadores.
  • Debe ser decretada conforme a lo que la ley establece.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 92 de Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional?

La huelga es un mecanismo que permite a los trabajadores suspender temporalmente sus labores. Esta suspensión se da como resultado de una coalición, es decir, un acuerdo entre un grupo de trabajadores. La ley establece que esta acción debe ser decretada siguiendo ciertos…

¿Está vigente el artículo 92?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 18-02-2022. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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