Ley federal

Artículo 33 de Ley Federal de Procedimiento Administrativo

Ley Federal de Procedimiento Administrativo · Última reforma de referencia: 18-05-2018 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 33.- Los interesados en un procedimiento administrativo tendrán derecho de conocer, en cualquier momento, el estado de su tramitación, recabando la oportuna información en las oficinas correspondientes, salvo cuando contengan información sobre la defensa y seguridad nacional, sean relativos a materias protegidas por el secreto comercial o industrial, en los que el interesado no sea titular o causahabiente, o se trate de asuntos en que exista disposición legal que lo prohiba.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

Los interesados en un procedimiento administrativo tienen el derecho de conocer en todo momento el estado de su trámite. Esto significa que pueden solicitar información en las oficinas correspondientes sobre cómo avanza su caso. Sin embargo, hay ciertas excepciones a este derecho.

  • No se puede acceder a información que afecte la defensa y seguridad nacional.
  • La información relacionada con secretos comerciales o industriales está protegida.
  • Si el interesado no es el titular o causahabiente, no podrá acceder a esa información.
  • Existen asuntos que, por disposición legal, prohíben el acceso a la información.

Es importante tener en cuenta estas limitaciones al momento de solicitar información sobre un procedimiento administrativo.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 33 de Ley Federal de Procedimiento Administrativo?

Los interesados en un procedimiento administrativo tienen el derecho de conocer en todo momento el estado de su trámite. Esto significa que pueden solicitar información en las oficinas correspondientes sobre cómo avanza su caso. Sin embargo, hay ciertas excepciones a este…

¿Está vigente el artículo 33?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 18-05-2018. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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