Artículo 70 de Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo
Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo · Última reforma de referencia: 21-05-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 70. Las notificaciones surtirán sus efectos, el día hábil siguiente a aquél en que fueren hechas.
Artículo reformado DOF 10-12-2010
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.