Artículo 13 de Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas
Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas · Última reforma de referencia: 11-05-2018 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 13.- El Fondo de Apoyos e Incentivos se podrá integrar con:
I. Las aportaciones que efectúen los gobiernos federal, estatales, del Distrito Federal y municipales;
II. Créditos y apoyos de organismos nacionales e internacionales;
III. Las aportaciones y donaciones de personas físicas o morales de carácter privado, mixto, nacionales e internacionales;
IV. Las aportaciones provenientes de los aranceles que se impongan a las semillas importadas; y V. Los demás recursos que obtenga por cualquier otro concepto.
CAPÍTULO III DE LA POLÍTICA EN MATERIA DE SEMILLAS
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.