Artículo 80 de Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial
Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 80.- El derecho conferido por un registro de diseño industrial estará determinado por la descripción y reproducciones gráficas o fotográficas otorgadas.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.