Ley federal

Artículo 100 de Ley Federal de Protección al Consumidor

Ley Federal de Protección al Consumidor · Última reforma de referencia: 21-12-2023 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTÍCULO 100.- Las reclamaciones podrán desahogarse a elección del reclamante, en el lugar en que se haya originado el hecho motivo de la reclamación; en el del domicilio del reclamante, en el del proveedor, o en cualquier otro que se justifique, tal como el del lugar donde el consumidor desarrolla su actividad habitual o en el de su residencia.

Párrafo reformado DOF 04-02-2004 En caso de no existir una unidad de la Procuraduría en el lugar que solicite el consumidor, aquélla hará de su conocimiento el lugar o forma en que será atendida su reclamación.

Párrafo adicionado DOF 04-02-2004

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 100 de la Ley Federal de Protección al Consumidor establece que las reclamaciones pueden presentarse en diferentes lugares, según la preferencia del consumidor. Esto incluye el lugar donde ocurrió el hecho que motiva la reclamación, el domicilio del reclamante, el del proveedor, o cualquier otro lugar que tenga relación con la situación, como el lugar de trabajo o la residencia del consumidor.

Si no hay una unidad de la Procuraduría en el lugar elegido por el consumidor, se le informará sobre dónde y cómo podrá ser atendido su reclamo.

  • Opciones de lugar para presentar reclamaciones.
  • Posibilidad de elegir según la situación del consumidor.
  • Información sobre atención si no hay unidad de la Procuraduría disponible.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 100 de Ley Federal de Protección al Consumidor?

El artículo 100 de la Ley Federal de Protección al Consumidor establece que las reclamaciones pueden presentarse en diferentes lugares, según la preferencia del consumidor. Esto incluye el lugar donde ocurrió el hecho que motiva la reclamación, el domicilio del reclamante, el…

¿Está vigente el artículo 100?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 21-12-2023. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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