Ley federal

Artículo 19 de Ley Federal de Protección al Consumidor

Ley Federal de Protección al Consumidor · Última reforma de referencia: 21-12-2023 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTÍCULO 19.- La Secretaría determinará la política de protección al consumidor, que constituye uno de los instrumentos sociales y económicos del Estado para favorecer y promover los intereses y derechos de los consumidores. Lo anterior, mediante la adopción de las medidas que procuren el mejor funcionamiento de los mercados y el crecimiento económico del país.

Párrafo reformado DOF 04-02-2004 Dicha Secretaría está facultada para expedir normas oficiales mexicanas y normas mexicanas respecto de:

Párrafo adicionado DOF 04-02-2004 I. Productos que deban expresar los elementos, substancias o ingredientes de que estén elaborados o integrados así como sus propiedades, características, fecha de caducidad, contenido neto y peso ó masa drenados, y demás datos relevantes en los envases, empaques, envolturas, etiquetas o publicidad, que incluyan los términos y condiciones de los instructivos y advertencias para su uso ordinario y conservación;

II. La tolerancia admitida en lo referente a peso y contenido de los productos ofrecidos en envases o empaques, así como lo relativo a distribución y manejo de gas L. P.;

III. La forma y términos en que deberá incorporarse la información obligatoria correspondiente en los productos a que se refieren las fracciones anteriores;

IV. Los requisitos de información a que se someterán las garantías de los productos y servicios, salvo que estén sujetos a la inspección o vigilancia de otra dependencia de la administración pública federal, en cuyo caso ésta ejercerá la presente atribución;

V. Los requisitos que deberán cumplir los sistemas y prácticas de comercialización de bienes;

VI. Los productos que deberán observar requisitos especiales para ostentar el precio de venta al público de los productos, cualesquiera que éstos sean, en sus envases, empaques o envolturas o mediante letreros colocados en el lugar donde se encuentren para su expendio, donde se anuncien u ofrezcan al público, así como la forma en que deberán ostentarse;

VII. Los términos y condiciones a que deberán ajustarse los modelos de contratos de adhesión que requieran de inscripción en los términos de esta ley;

VIII. Características de productos, procesos, métodos, sistemas o prácticas industriales, comerciales o de servicios que requieran ser normalizados de conformidad con otras disposiciones; y IX. Los demás que establezcan esta ley y otros ordenamientos.

La Secretaría, en los casos en que se requiera, emitirá criterios y lineamientos para la interpretación de las normas a que se refiere este precepto.

Párrafo adicionado DOF 04-02-2004

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

La Secretaría es la encargada de definir la política de protección al consumidor, la cual busca promover los derechos e intereses de los consumidores en el país. Para lograr esto, se adoptan medidas que mejoren el funcionamiento de los mercados y contribuyan al crecimiento económico.

Entre las facultades de la Secretaría se incluyen:

  • Expedir normas sobre la información que deben tener los productos, como ingredientes, propiedades y fecha de caducidad.
  • Establecer tolerancias en peso y contenido de los productos en envases.
  • Definir cómo debe presentarse la información obligatoria en los productos.
  • Regular las garantías de productos y servicios, salvo que otra dependencia se encargue.
  • Establecer requisitos para sistemas y prácticas de comercialización.
  • Definir condiciones para mostrar precios de venta al público.
  • Regular modelos de contratos de adhesión que necesiten inscripción.
  • Normalizar características de productos y procesos industriales.
  • Emitir criterios para interpretar las normas mencionadas.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 19 de Ley Federal de Protección al Consumidor?

La Secretaría es la encargada de definir la política de protección al consumidor, la cual busca promover los derechos e intereses de los consumidores en el país. Para lograr esto, se adoptan medidas que mejoren el funcionamiento de los mercados y contribuyan al crecimiento…

¿Está vigente el artículo 19?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 21-12-2023. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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