Ley federal

Artículo 47 de Ley Federal de Protección al Consumidor

Ley Federal de Protección al Consumidor · Última reforma de referencia: 21-12-2023 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTÍCULO 47.- No se necesitará autorización ni aviso para llevar a cabo promociones, excepto cuando así lo dispongan las normas oficiales mexicanas, en los casos en que se lesionen o se puedan lesionar los intereses de los consumidores.

Párrafo reformado DOF 04-02-2004 No podrán imponerse restricciones a la actividad comercial en adición a las señaladas en esta ley, ni favorecer específicamente las promociones u ofertas de proveedores determinados.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 47 de la Ley Federal de Protección al Consumidor establece que, en general, no es necesario obtener autorización o avisar para realizar promociones. Sin embargo, hay excepciones cuando las normas oficiales mexicanas lo indiquen, especialmente si estas promociones pueden afectar negativamente los intereses de los consumidores.

Además, se señala que no se pueden imponer restricciones adicionales a la actividad comercial más allá de lo que ya se menciona en esta ley. También se prohíbe favorecer de manera específica las promociones u ofertas de ciertos proveedores.

  • No se requiere autorización para promociones, salvo excepciones.
  • Las normas oficiales pueden establecer restricciones para proteger al consumidor.
  • No se pueden imponer restricciones adicionales a las ya mencionadas en la ley.
  • No se debe favorecer a ciertos proveedores en las promociones.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 47 de Ley Federal de Protección al Consumidor?

El artículo 47 de la Ley Federal de Protección al Consumidor establece que, en general, no es necesario obtener autorización o avisar para realizar promociones. Sin embargo, hay excepciones cuando las normas oficiales mexicanas lo indiquen, especialmente si estas promociones…

¿Está vigente el artículo 47?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 21-12-2023. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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