Artículo 15 de Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares
Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 15. El aviso de privacidad deberá contener, al menos, la siguiente información:
I. La identidad y domicilio del responsable;
II. Los datos personales que serán sometidos a tratamiento, identificando aquéllos que son sensibles;
III. Las finalidades del tratamiento de datos personales, distinguiendo aquéllas que requieren el consentimiento de la persona titular;
IV. Las opciones y medios que el responsable ofrezca a las personas titulares para limitar el uso o divulgación de los datos;
V. Los mecanismos, medios y procedimientos para ejercer los derechos ARCO, de conformidad con lo dispuesto en esta Ley, y VI. El procedimiento y medio por el cual el responsable comunicará a las personas titulares de cambios al aviso de privacidad, de conformidad con lo previsto en esta Ley.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.