Artículo 24 de Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos
Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 24. El manual de remuneraciones de los servidores públicos que emiten la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Secretaría de la Función Pública, en el ámbito de sus respectivas competencias, así como los poderes Legislativo y Judicial y los entes autónomos, por conducto de sus respectivas unidades de administración u órganos de gobierno, se apegarán estrictamente a lo dispuesto en el Presupuesto de Egresos de la Federación.
Las reglas establecidas en los manuales a que se refiere el párrafo anterior, así como los tabuladores de remuneraciones contenidos en los proyectos de presupuesto de cada ente, se apegarán estrictamente a las disposiciones de la presente Ley.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.