Artículo 12 de Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado
Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado · Última reforma de referencia: 29-12-2023 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 12.- Las indemnizaciones corresponderán a la reparación integral del daño y, en su caso, por el daño personal y moral.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.