Ley federal

Artículo 130 de Ley Federal de Sanidad Animal

Ley Federal de Sanidad Animal · Última reforma de referencia: 21-05-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 130.- En aquellos casos en que los presuntos infractores sean sorprendidos en ejecución de hechos contrarios a esta Ley o a las disposiciones que deriven de la misma, el personal debidamente identificado como inspector deberá levantar el acta correspondiente y asentar en ella, en forma detallada esta circunstancia, observando en todo caso, las formalidades previstas para la realización de actos de inspección.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 130 de Ley Federal de Sanidad Animal?

En aquellos casos en que los presuntos infractores sean sorprendidos en ejecución de hechos contrarios a esta Ley o a las disposiciones que deriven de la misma, el personal debidamente identificado como inspector deberá…

¿Está vigente el artículo 130?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 21-05-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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