Artículo 53 de Ley Federal de Sanidad Animal
Ley Federal de Sanidad Animal · Última reforma de referencia: 21-05-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 53.- En el caso de la exportación de productos para uso o consumo animal, la Secretaría a solicitud de los interesados, expedirá los certificados de libre venta, de origen y de registro vigente de empresas y productos.
TÍTULO CUARTO DE LAS CAMPAÑAS, CUARENTENAS Y MOVILIZACIÓN Capítulo I De las Campañas Zoosanitarias
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.