Artículo 115 de Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión. · Última reforma de referencia: 01-04-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 115. Las concesiones terminan por:
I. Vencimiento del plazo de la concesión, salvo prórroga de la misma;
II. Renuncia del concesionario;
III. Revocación;
IV. Rescate, o V. Disolución o quiebra del concesionario.
La terminación de la concesión no extingue las obligaciones contraídas por el concesionario durante su vigencia.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.